Senave recuerda a exportadores nuevas exigencias de rotulado para frutas y hortalizas con destino a Argentina

La Dirección de Calidad, Inocuidad y Agricultura Orgánica (DICA) del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave) informó que, a partir del 1 de setiembre de 2025, entrarán en vigor nuevas disposiciones relacionadas al rotulado de envases de frutas y hortalizas destinadas al mercado argentino.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 10 de la Resolución Nº 22/2025 de SENASA Argentina, los envases deberán contener obligatoriamente la siguiente información:

Nombre de la especie y variedad o tipo.
Provincia o lugar de producción.
Nombre del empacador o razón social de la empacadora.
Identificación del empaque.
Marca comercial (propia o no) de la firma empacadora, siendo de uso optativo.
Origen.
Peso neto.
Fecha de empaque.

En lo que respecta al punto 3, Senave recordó que la planta de acondicionamiento de productos vegetales deberá estar registrada conforme a la Resolución Nº 246/2022, la cual regula la habilitación de establecimientos destinados al acondicionamiento de productos vegetales para consumo humano. En este sentido, el número de registro de la planta deberá figurar en el punto 4 de la identificación del empaque.

Asimismo, al momento de solicitar la exportación a través de la Ventanilla Única de Exportación (VUE), los exportadores tendrán que:

Indicar en el campo de observaciones el número de registro SENAVE de la planta de acondicionamiento de origen.
Adjuntar la nota de remisión emitida por dicha planta correspondiente al envío.

Senave subrayó que estas exigencias estarán sujetas a control oficial y buscan garantizar el cumplimiento de las normativas sanitarias y comerciales vigentes entre Paraguay y Argentina.