
SENAVE exigirá receta agronómica para el uso de carbosulfán desde septiembre
El Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE) emitió la Resolución N.° 637/2026, que establece la restricción del registro, formulación, importación, comercialización y uso de productos técnicos y formulados a base de carbosulfán en todas sus concentraciones y mezclas dentro del territorio nacional. A partir del 1 de septiembre de 2026, la venta y el uso solo podrán realizarse mediante receta agronómica. La medida entrará en vigencia el 1 de septiembre de 2026 y forma parte de las nuevas restricciones establecidas por el organismo para este ingrediente activo, considerado de alta peligrosidad para la salud y el medio ambiente. La disposición representa uno de los principales cambios regulatorios para productores, distribuidores y profesionales del sector agrícola, ya que incorpora mayores controles sobre un ingrediente activo catalogado como altamente tóxico y sujeto a restricciones internacionales. La receta agronómica será obligatoria La resolución dispone que, desde el 1



